Holanda cuenta con un amplio sistema de seguros sociales, lo que se considera un gran logro social. En los ˙ltimos aÒos, el sistema de la seguridad social ha sido objeto de una revisiÛn dr·stica para mejorar el sistema de control y, por ejemplo, combatir el fenÛmeno de la baja por enfermedad y fomentar el empleo.
Todo holandÈs tiene que tener la posibilidad de participar en igual medida en la sociedad. Sin embargo, para hacer realidad este derecho es necesario prestar apoyo especial a determinados grupos (ancianos, jÛvenes, minorÌas Ètnicas, toxicÛmanos). De esta premisa parte la polÌtica de bienestar que es llevada a la pr·ctica, en su mayor parte, por los ayuntamientos. Cada vez es m·s normal que Èstos opten por resolver los problemas por barrios; se trata de que los barrios se conviertan en comunidades de convivencia vitales, en las que todos los habitantes se sientan a gusto.
Los cambios sociales exigen reajustes continuos de la polÌtica de bienestar. Por nombrar un ejemplo, la poblaciÛn holandesa envejece. Dentro de 10 aÒos aproximadamente el 28 % de la poblaciÛn tendr· 55 aÒos o m·s. Actualmente casi la mitad de las personas de edades comprendidas entre los 55 y 65 aÒos no trabajan. Por razones sociales y econÛmicas el Estado se propone reducir dicho porcentaje y fomentar la participaciÛn de los mayores en el mercado laboral. El desempleo entre los jÛvenes constituye, asimismo, un aspecto que el Estado desea combatir mediante subvenciones y programas que combinen la formaciÛn educativa y el trabajo. Se pueden nombrar otros muchos ejemplos de la actual polÌtica de bienestar: asÌ, por ejemplo, se estimula a los ayuntamientos a aumentar considerablemente la cantidad de plazas en las guarderÌas infantiles, a fin de enmendar la deficiencia que, con respecto a los paÌses vecinos, presenta este terreno. Los padres con dificultades para educar a sus hijos o cuyos hijos corran el peligro de quedar retrasados en su educaciÛn, pueden pedir apoyo estatal. Los desempleados de larga duraciÛn pueden solicitar muchos tipos de ayuda; Èsta puede variar desde el pago de deudas hasta la asistencia psÌquica. Por lo que respecta a la asistencia a minusv·lidos, a mediados de 2001 entrÛ en vigor una Ley de Igualdad de Trato, cuyo objeto es garantizar a las personas con una minusvalÌa el funcionamiento en la sociedad como ciudadanos de pleno derecho, y protegerlas contra la discriminaciÛn.
El 9,4% de la poblaciÛn est· compuesta por minorÌas Ètnicas. Se consideran pertenecientes a este grupo las personas originarias de las Antillas Holandesas y Aruba (ambas partes de los PaÌses Bajos), y de los paÌses Surin·m, TurquÌa y Marruecos, asÌ como los trabajadores migrantes y las personas llegadas al paÌs en calidad de asiliados. Entre 1971 y 1997 el n˙mero de personas que son consideradas como minorÌas Ètnicas aumentÛ de 200.000 a aproximadamente 1,5 millones. La integraciÛn de este sector social es un proceso dificultoso. El desempleo entre los turcos y marroquÌes es, por ejemplo, cinco veces superior al de la poblaciÛn autÛctona. Con el fin de mejorar esta situaciÛn, el Estado, por ejemplo, ofrece formaciÛn adicional y estimula a los patronos a contratar a extranjeros. En 1998 se fundÛ el Equipo Especial de MinorÌas y Mercado Laboral, un Ûrgano deliberante integrado por figuras prominentes del sector empresarial, de los sindicatos y de la AdministraciÛn p˙blica, cuya funciÛn es tratar los problemas registrados en este terreno. Otra medida destinada a evitar la situaciÛn de desfavorecimiento de los extranjeros es la participaciÛn obligatoria en un trayecto de integraciÛn social. Poco despuÈs de trasladarse al paÌs, los nuevos residentes tienen la obligaciÛn de asistir a clases de neerlandÈs y de orientaciÛn social. Y si es necesario, se les ayuda a encontrar un puesto de trabajo.
Existen dos tipos de seguros sociales: los seguros nacionales y los seguros de los trabajadores. Los segundos son obligatorios para las personas con un contrato salarial, los seguros nacionales son obligatorios para todos los residentes de Holanda. TambiÈn las personas residentes en el extranjero pero laboralmente activas en Holanda que, por tal concepto, tributen el impuesto sobre los rendimientos del trabajo est·n aseguradas. Cuando Èstas parten al extranjero se les permite renovar el seguro voluntariamente. El Sociale Verzekeringsbank, el instituto de la seguridad holandesa encargado de administrar los fondos de estos seguros, gestiona los seguros nacionales. Dicho instituto se encuentra bajo la supervisiÛn del Ministerio de Asuntos Sociales.
El Sociale Verzekeringsbank gestiona los siguientes seguros
nacionales:
La Ley General de Vejez (AOW) da derecho a una pensiÛn de
jubilaciÛn al cumplir los 65 aÒos. A fin de poder
percibir la pensiÛn de jubilaciÛn AOW Ìntegra se ha
de cotizar durante 50 aÒos, es decir, desde los 15 hasta los
65 aÒos. Por cada aÒo no cotizado se aplica a la
pensiÛn una reducciÛn del 2%. Por otra parte, el 80% de
los causantes de la pensiÛn AOW disfrutan tambiÈn de una
pensiÛn complementaria que han cotizado por iniciativa
propia.
La Ley General de Supervivencia (ANW) regula el pago de pensiones a cÛnyuges, compaÒeros e hijos tras el fallecimiento del asegurado. Est·n facultados a percibir una pensiÛn los supervivientes nacidos antes del 1 de enero de 1950, o que sufran un grado mÌnimo de incapacidad laboral del 45%, o tengan un hijo soltero menor de 18 aÒos. La cuantÌa de la pensiÛn depende de los ingresos.
La Ley General de Subsidios Familiares (AKW) ofrece apoyo financiero a las personas que tengan a su cargo o mantengan a un menor de 18 aÒos. La Ley General de Gastos Extraordinarios por Enfermedad (AWBZ) asegura contra riesgos mÈdicos graves que no son cubiertos por las cajas de enfermedad o por el seguro de gastos de enfermedad.
Los trabajadores con contrato salarial han de cotizar obligatoriamente una serie de seguros de trabajadores: la Ley del Seguro de Enfermedad (ZW), la Ley del Seguro de Desempleo (WW), la Ley del Seguro de las Cajas de Enfermedad (ZWF) y la Ley del Seguro de Incapacidad Laboral (WAO).
Con la Ley del Seguro de Enfermedad se pretende asegurar a los trabajadores contra las consecuencias financieras de la incapacidad laboral por enfermedad. Desde el 1 de marzo de 1996 los patronos tienen la obligaciÛn de pagar a sus trabajadores enfermos el 70% del salario durante el primer aÒo de enfermedad, o m·s si asÌ lo regula el Convenio Colectivo de Trabajo. De cualquier forma, la cuantÌa no podr· ser inferior al salario mÌnimo interprofesional. Los dos primeros dÌas de baja por enfermedad pueden correr por cuenta del empleado, pero tal extremo ha de estar estipulado por escrito en el contrato de trabajo, en el reglamento de la empresa o en el Convenio Colectivo de Trabajo. En muchos casos se acuerda el pago a los trabajadores del 100% del salario durante el primer aÒo.
TambiÈn se puede percibir una prestaciÛn por enfermedad en caso de afecciÛn por embarazo, parto o donaciÛn de un Ûrgano. En Holanda la baja por maternidad es como mÌnimo de 16 semanas y comienza de seis a cuatro semanas antes del parto. En dicho periodo la prestaciÛn por enfermedad asciende al 100% del salario.
Los patronos sÛlo est·n obligados a pagar el salario de los empleados enfermos con contrato fijo. Normalmente las personas que no tengan un contrato fijo con un empleador o hayan perdido su empleo pueden acogerse a la Ley del Seguro de Enfermedad. Este grupo incluye a las personas con colocaciones temporales y aquellas que han perdido su empleo en el transcurso del primer aÒo de enfermedad. Asimismo, la Ley del Seguro de Enfermedad cumple la funciÛn de 'red de seguridad' en beneficio de personas que, aunque no dispongan de un contrato de trabajo, mantienen un tipo de relaciÛn contractual, como los trabajadores a domicilio y los estudiantes en pr·cticas.
La Ley del Seguro de Desempleo (WW) asegura a los trabajadores menores de 65 aÒos y con contrato laboral, contra las consecuencias financieras del desempleo. Para poder optar a una prestaciÛn por desempleo, el empleado debe haber trabajado al menos 26 de las 39 semanas precedentes a la fecha de desempleo. Quienes sÛlo cumplan este requisito, percibir·n durante medio aÒo una prestaciÛn de desempleo WW equivalente al 70% del salario mÌnimo interprofesional. Es posible que un trabajador tenga derecho a una prestaciÛn m·s elevada, dependiendo del importe de su salario. En tal caso Èste deber· haber percibido su salario durante 52 semanas o m·s de por lo menos cuatro de los cinco aÒos civiles anteriores a la fecha de desempleo. La duraciÛn de este subsidio depende del n˙mero de aÒos trabajados y varÌa de un mÌnimo de medio aÒo a un m·ximo de cinco aÒos. Quien al transcurso de dicho tÈrmino siga desempleado, disfrutar· durante dos aÒos del derecho a una prolongaciÛn de la prestaciÛn WW. Este subsidio asciende al 70% del salario mÌnimo interprofesional. Quien a la fecha de quedar desempleado tenga 57 aÒos o m·s, tiene el derecho de prolongaciÛn de la prestaciÛn hasta los 65 aÒos.
La Ley del Seguro de las Cajas de Enfermedad (ZWF) da derecho a la hospitalizaciÛn y a la asistencia mÈdica, paramÈdica y, con car·cter limitado, odontolÛgica. Las cajas de enfermedad son responsables de ejecutar esta ley. A travÈs de las cajas de enfermedad, los asegurados tambiÈn pueden recibir aparatos ortopÈdicos, medicamentos, vendajes y cuidados de rehabilitaciÛn. La mayorÌa de los beneficiarios de una prestaciÛn social est·n asegurados en virtud de la ZWF, asÌ como los trabajadores con un salario inferior a una cuantÌa determinada.
La Ley del Seguro de Incapacidad Laboral (WAO) tiene por objeto
ayudar a las personas enfermas o incapacitadas laboralmente a
incorporarse o reincorporarse al trabajo con la mayor rapidez
posible, y asegura a los trabajadores menores de 65 aÒos
contra las consecuencias financieras de la incapacidad laboral de
larga duraciÛn. El primero de enero de 1998 entrÛ en
vigor una nueva ley: a fin de poder optar a una prestaciÛn de
incapacidad WAO, despuÈs de un periodo de espera de 52
semanas, el trabajador deber· sufrir un grado mÌnimo de
incapacidad para el trabajo normal del 15%. El periodo de espera
coincide con el plazo m·ximo de percepciÛn de la
prestaciÛn por enfermedad. La prestaciÛn de incapacidad
WAO se concede durante cinco aÒos. La solicitud de una nueva
prestaciÛn ha de efectuarse tres meses antes de vencer este
periodo a m·s tardar, y su cuantÌa depender· del
grado de incapacidad laboral, la edad y el sueldo del asegurado.
Existen siete categorÌas que varÌan del 15% a m·s
del 80% de incapacidad laboral, a cada una de las cuales
corresponde un porcentaje de subsidio de entre el 14% y el 70%.
TambiÈn la prestaciÛn de incapacidad WAO se divide en dos
fases: la prestaciÛn compensatoria por pÈrdida de
salario, que dura 6 aÒos como m·ximo, y una
prolongaciÛn de la prestaciÛn.
Desde 1998 la WAO es tambiÈn aplicable a los funcionarios.
Desde entonces se han introducido asimismo seguros obligatorios
para autÛnomos y jÛvenes minusv·lidos: la Ley del
Seguro de Incapacidad Laboral para AutÛnomos (WAZ) y la Ley
del Seguro de Incapacidad Laboral para JÛvenes
Minusv·lidos (Wajong). La WAZ asegura a los empresarios
autÛnomos, a los cÛnyuges que colaboran en la empresa y a
profesionales liberales (como por ejemplo los directores de
empresa, eclesi·sticos, etc.). La suma del subsidio
depender· del grado de incapacidad laboral y de la
cuantÌa de los ingresos perdidos en el aÒo previo al
inicio de la incapacidad laboral. Puesto que es normal que los
ingresos de los autÛnomos fluct˙en, si es m·s
favorable, se puede tomar como base la renta media de los
˙ltimos cinco aÒos. La WAZ es un seguro obligatorio. La
prestaciÛn WAZ asciende a un m·ximo del 70% del salario
mÌnimo interprofesional. Las mujeres con un seguro WAZ tienen
derecho durante 16 semanas a un subsidio por parto, equivalente,
como m·ximo, al 100% del salario mÌnimo
interprofesional.
La Wajong da derecho a una prestaciÛn a nivel mÌnimo,
destinada a los jÛvenes que padezcan una discapacidad laboral
al cumplir los 17 aÒos, o que la contraigan durante sus
estudios despuÈs de haber cumplido los 17 aÒos. En el
segundo caso deben haber cursado en el aÒo anterior por lo
menos medio aÒo acadÈmico.
Adem·s de las anteriores regulaciones, existen provisiones destinadas a complementar las rentas insuficientes hasta el mÌnimo social correspondiente al interesado. La mayorÌa de dichas regulaciones son ejecutadas por los ayuntamientos, y la m·s importante es la Ley General de Asistencia Social (ABW). La prestaciÛn de asistencia social se concede a personas sin ingresos o con ingresos insuficientes para cubrir sus necesidades diarias. En caso de percibirse ingresos, como por ejemplo alimentos, se aplicar· al subsidio una reducciÛn equivalente al importe de los mismos. TambiÈn la ejecuciÛn de la Ley de Previsiones para Minusv·lidos (WVG) corresponde a los ayuntamientos. Esta ley regula el transporte de ancianos y minusv·lidos y el suministro a los mismos de sillas de ruedas y servicios del hogar (por ejemplo, la adaptaciÛn de una vivienda). El objetivo es que los ancianos y los minusv·lidos puedan vivir con autonomÌa el mayor tiempo posible.
Recientemente han entrado en vigor regulaciones para facilitar la incorporaciÛn al mercado laboral de los inv·lidos y los desempleados de larga duraciÛn. Un ejemplo es la Ley de ReintegraciÛn para los Incapacitados para el Trabajo; Èsta limita los riesgos financieros de los patronos que contratan a incapacitados y ofrece compensaciones por, por ejemplo, las modificaciones a realizar en el lugar de trabajo. Adem·s, brinda posibilidades adicionales a los incapacitados laborales en busca de empleo. Otro ejemplo lo constituye la Ley de IntegraciÛn de Demandantes de Empleo (WIW), cuyo objeto es ayudar a encontrar m·s r·pido un trabajo a los desempleados de larga duraciÛn con o sin una incapacidad laboral, los perceptores de prestaciones y los jÛvenes desempleados (menores de 23 aÒos). La WIW prevÈ la oferta de contratos laborales, puestos de trabajo para adquirir experiencia laboral y cursos destinados a aumentar las posibilidades de Èxito en el mercado laboral. Esta ley posibilita, asimismo, la acogida en guarderÌas o en centros de acogida extraescolar de hijos menores de 12 aÒos de padres o madres solteros.
La prosperidad econÛmica reinante en Holanda se manifiesta tambiÈn en la asistencia sanitaria. El Estado cada vez destina un presupuesto mayor a la asistencia sanitaria y todo el mundo tiene un seguro de gastos de enfermedad. Ahora bien, los cambios sociales y mÈdicos exigen ajustes constantes. A veces los pacientes tienen que esperar mucho tiempo antes de ser atendidos. A pesar de que los holandeses registran una elevada media de expectativa de vida (los hombres 74,6 aÒos y las mujeres 80,3 aÒos), las personas de clases sociales m·s bajas est·n en desventaja. Por ello los expertos y los polÌticos prestan mayor atenciÛn a este grupo.
Una parte importante de la polÌtica sanitaria es la prevenciÛn y detecciÛn precoz de problemas de salud y enfermedades. El objetivo de la prevenciÛn es incrementar la expectativa de vida sana de la poblaciÛn, evitar la mortalidad temprana y aumentar la calidad de vida de las personas enfermas o minusv·lidas. A tal fin se ejecutan, por ejemplo, programas de vacunaciÛn de niÒos de 0 a 4 aÒos. Por lo general los mÈdicos de cabecera constituyen la piedra angular de la prevenciÛn. Los ayuntamientos, en el marco de sus cometidos de prevenciÛn colectiva y sanidad p˙blica local, son responsables de combatir las enfermedades infecciosas.
En materia de seguridad de alimentos y productos de consumo rigen las directivas de la UniÛn Europea. En Holanda la supervisiÛn de la aplicaciÛn de tales directivas compete a la InspecciÛn para la ProtecciÛn de la Salud, Bienes y Asuntos Veterinarios.
En Holanda los ex·menes mÈdicos preventivos a nivel poblacional que conllevan un riesgo para el individuo sÛlo se pueden ejecutar con un permiso especial. La AdministraciÛn es responsable de los programas de detecciÛn precoz de c·ncer de mama y de cÈrvix.
La prevenciÛn tambiÈn implica la mejora de ciertas circunstancias perniciosas. Por ejemplo, el estilo de vida del individuo ejerce una gran influencia en la salud. Distintas organizaciones e instituciones se dedican a divulgar informaciÛn y estimular el cambio de conducta con respecto al ejercicio fÌsico, el h·bito de fumar, el consumo de alcohol, las relaciones sexuales (contacto sexual con protecciÛn) y la relajaciÛn. La AdministraciÛn nacional promueve la informaciÛn y educaciÛn en materia de asuntos sanitarios y toma medidas a fin de restringir las costumbres nocivas para la salud. En esta ·rea se incluyen la contaminaciÛn ambiental, la seguridad vial y las condiciones de trabajo.
Adem·s de la prevenciÛn y el fomento de la salud, tambiÈn es un factor importante la calidad de la asistencia sanitaria. En Holanda la provisiÛn de los servicios sanitarios recae sobre una serie de instituciones privadas y profesionales particulares, competentes para fijar su propia polÌtica. Con respecto a Èstas, el Estado establece una serie de pautas, de las cuales las m·s importantes garantizan los principios de calidad y acceso a la asistencia sanitaria para todos.
La calidad queda regulada en una serie de leyes relativas a, por ejemplo, los mÈdicos, las instituciones de asistencia sanitaria, la relaciÛn entre el personal sanitario y el paciente y la hospitalizaciÛn forzosa de pacientes carentes de capacidad de decisiÛn. TambiÈn las leyes y regulaciones que contemplan la participaciÛn de los pacientes y clientes en los procesos de toma de decisiones contribuyen a la calidad en este sector. Los profesionales son responsables de establecer sus propios sistemas de calidad y de velar por los mismos. La InspecciÛn de Sanidad P˙blica se encarga de su supervisiÛn.
La accesibilidad de la asistencia sanitaria no sÛlo tiene que ver con el reparto geogr·fico Ûptimo de los servicios, sino tambiÈn con su asequibilidad. La asistencia sanitaria necesaria ha de ser asequible para todos y, a tal fin, la ley prevÈ una serie de medidas: los perceptores de rentas bajas est·n asegurados en las cajas de enfermedad por prescripciÛn legal. Otros ciudadanos deben asegurarse en compaÒÌas de seguros particulares. Algunas empresas contratan en las compaÒÌas aseguradoras seguros de enfermedad colectivos en beneficio del personal. Para cubrir la asistencia y los cuidados mÈdicos prolongados, en Holanda todas las personas deben pagar un seguro obligatorio, cuya prima depende de los ingresos. En este sector un 45% del gasto corresponde a la asistencia sanitaria prolongada. Para los cuidados ofrecidos en hospitales y por parte de los mÈdicos y paramÈdicos (52% del gasto) existen distintas clases de seguros.
En el aÒo 2000 se destinaron en Holanda alrededor de 37.300 millones de euros al sector sanitario. El presupuesto total ha registrado un aumento dr·stico en los ˙ltimos aÒos. Tal incremento es en parte necesario para cubrir las necesidades de asistencia de una poblaciÛn cada vez m·s numerosa y m·s envejecida. Por otra parte, los avances de la medicina suponen una carga financiera adicional. Pero tambiÈn la prosperidad y la emancipaciÛn de los pacientes imponen requisitos m·s elevados a los servicios sanitarios. El Estado intenta eliminar los largos plazos de espera innecesarios y reducir la carga laboral del personal sanitario. En 1998 el gabinete y las organizaciones nacionales de instituciones sanitarias, pacientes y aseguradores concertaron por primera vez en una fase temprana convenios plurianuales con respecto al gasto de los fondos (adicionales). Las organizaciones de asistencia a los ancianos, asistencia a los minusv·lidos, de asistencia som·tico curativa y de asistencia sanitaria psÌquica participaron en las decisiones y se comprometieron a cumplir los convenios. Por otra parte, el Estado se comprometiÛ a repartir entre varios aÒos el presupuesto adicional. Una de las ventajas de este nuevo procedimiento administrativo es su planteamiento integral, que parte de la demanda de los pacientes en lugar de la oferta de las instituciones. Adem·s, garantiza la seguridad financiera por varios aÒos, lo que permite abordar la modernizaciÛn de la asistencia sanitaria.
La tendencia de los ˙ltimos aÒos ya no es ingresar en instituciones a las personas que precisan asistencia sanitaria prolongada, sino garantizar su funcionamiento autÛnomo en la sociedad durante el mayor tiempo posible. Para ello se les brinda "asistencia sanitaria personalizada", en casa. Una condiciÛn fundamental para sentirse integrado o reintegrado en la sociedad es tener un empleo o una actividad diaria. Las instituciones de asistencia intentan ofrecer a sus clientes un servicio Ûptimo, bien sea por su cuenta, bien sea en colaboraciÛn con, por ejemplo, la oficina de empleo, la asistencia social o el sector empresarial. El Estado estimula dicho planteamiento. AsÌ, todos los ayuntamientos ya cuentan con Ûrganos especiales que, dependiendo de la situaciÛn personal del solicitante, establecen con objetividad e independencia la asistencia que requiere el individuo. La financiaciÛn de la asistencia corre por cuenta de los aseguradores. Las personas que prefieran llevar ellos mismos las riendas de su propia vida pueden solicitar un presupuesto personalizado: una cantidad de dinero determinada que les permite decidir por sÌ mismos quÈ asistencia o instituciÛn desean contratar. Aunque en este sentido no se dispone de un presupuesto ilimitado, las novedades recientemente introducidas sÌ que han tenido como consecuencia que las instituciones act˙en con mayor flexibilidad y atiendan mejor las necesidades del paciente.
El mÈdico de cabecera cumple la funciÛn de "puerta de acceso" a la atenciÛn mÈdica, y a Èl acuden en primer lugar la mayorÌa de las personas afectadas de una dolencia. Si Èste no puede establecer un diagnÛstico, no puede o no desea tratar la dolencia, enviar· al paciente a un especialista mÈdico o paramÈdico. Asimismo, del mÈdico de cabecera se espera que decida quiÈn accede a la asistencia sanitaria psiqui·trica. Pero tambiÈn se les confÌan otras muchas tareas y responsabilidades. Por ejemplo, la supervisiÛn final de pacientes sometidos a tratamiento temporal de uno o varios especialistas, la ejecuciÛn de programas de prevenciÛn y la responsabilidad de recetar medicamentos. El cumplimiento de todos los objetivos exige cada vez m·s la colaboraciÛn del mÈdico de cabecera con otro personal sanitario e instituciones. A los mÈdicos de cabecera que ejercen su profesiÛn en solitario - hoy en dÌa aproximadamente la mitad de las consultas - esto les resulta pr·cticamente imposible. Por tal motivo el Estado y la organizaciÛn nacional de mÈdicos de cabecera procuran depositar la responsabilidad de dicha colaboraciÛn en grupos de mÈdicos de cabecera.
TambiÈn en los hospitales, cuya capacidad varÌa de 300 a m·s de 1.000 camas, se est·n produciendo muchos cambios. El n˙mero de camas y el tiempo de ingreso de los pacientes se han reducido dr·sticamente. AsÌ, cada vez son m·s frecuentes las hospitalizaciones de un dÌa y los tratamientos en ambulatorios. Los nuevos aparatos mÈdicos, la tecnologÌa de la informaciÛn y los cambios de organizaciÛn permiten prestar atenciÛn hospitalaria a domicilio con mayor frecuencia. Ciertos hospitales cuentan con lo que se conoce como ambulatorios externos, gracias a los cuales, los pacientes no precisan dirigirse al hospital central para todo. Otra novedad es que los hospitales y especialistas se organizan en funciÛn de las necesidades de grupos de pacientes, por ejemplo, en un ambulatorio, las mujeres reciben en 24 horas el resultado de la revisiÛn mÈdica de c·ncer de mama.
A fin de garantizar la asequibilidad de las medicinas, el Estado pone en pr·ctica una polÌtica de gestiÛn de costes. Lo que es necesario, pues el precio de las medicinas sube por lo menos un 10% todos los aÒos. Este fuerte incremento pone en peligro la capacidad financiera para abordar determinados problemas de la asistencia sanitaria, como las listas de espera. En principio, los pacientes pueden comprar en la farmacia los medicamentos recetados sin necesidad de pagar nada ellos mismos. A travÈs del sistema de compensaciÛn de medicamentos, el Estado ha fijado lÌmites de compensaciÛn aplicables a grupos de medicamentos susceptibles de sustituciÛn mutua. Si el precio sobrepasa el lÌmite, el consumidor deber· pagar la cantidad adicional.`
El ministro decreta cu·les son las medicinas nuevas que van a estar cubiertas por el seguro y, que, por tanto, son objeto de compensaciÛn. Gracias a la Ley de F·rmacos, el Estado puede establecer precios m·ximos. A este fin sirven de referencia los precios vigentes en los paÌses vecinos. El Estado intenta, junto con los mÈdicos y los farmacÈuticos, estimular a los mÈdicos para que prescriban las medicinas de manera sensata y con moderaciÛn. Dicha concertaciÛn se est· llevando a cabo con Èxito en unas 800 localidades. El sistema de prescripciÛn de medicinas electrÛnica sirve tambiÈn para ayudar a los mÈdicos a prescribir mejor las medicinas.
El principal objetivo de la polÌtica en materia de drogas es prevenir o reducir los riesgos del consumo de drogas. Esta responsabilidad compete a los Ministerios de Sanidad P˙blica, Bienestar y Deporte, Justicia y del Interior. Puesto que dependiendo del tipo de droga, Èsta acarrea riesgos distintos a la salud, la ley hace una diferenciaciÛn entre las drogas duras (por ejemplo, heroÌna, cocaÌna y drogas sintÈticas como el XTC) y las drogas blandas (hachÌs y marihuana). La lucha contra el tr·fico de drogas (nacional o internacional) goza de la m·xima prioridad en las polÌticas de investigaciÛn y persecuciÛn criminal, y el castigo por la tenencia de pequeÒas cantidades de drogas blandas para el consumo propio (hasta 30 gr.) goza de menor prioridad. De conformidad con este planteamiento se aplica una polÌtica de tolerancia con respecto a los establecimientos de venta de marihuana y hachÌs (los denominados coffeeshops) en cantidades pequeÒas (un m·ximo de 5 gr. por persona por vez); es decir, a pesar de constituir un delito penal, en determinadas circunstancias la venta de drogas blandas no es objeto de penalizaciÛn. El motivo de elegir este planteamiento es el deseo de evitar que los consumidores de drogas blandas entren en contacto con las drogas duras. Los coffeeshops se rigen por normas estrictas y est·n sometidos a control. La contravenciÛn de las normas se castiga con el cierre del establecimiento.
En Holanda el n˙mero de toxicÛmanos se sit˙a entre los 25.000 y 29.000 (Compendio Anual de 2000 del Nationale Drugmonitor), lo que representa una cifra menor a la de la mayorÌa de los paÌses occidentales. Los adictos a las drogas duras pueden recibir asistencia para desintoxicarse y mejorar su salud y condiciones de vida. AsÌ, por ejemplo, se les suministra la sustancia sustitutiva metadona y se les permite canjear las jeringuillas usadas por nuevas. Gracias a esta polÌtica, en Holanda el consumo de drogas por vÌa intravenosa entre los VIH-positivos es relativamente bajo. La mortalidad por consumo de drogas (76 muertes en 2000) es limitada en comparaciÛn con la mortalidad por consumo de alcohol y de tabaco; 3.500 y 24.000 casos respectivamente (Documento relativo al Alcohol de 2001, Compendio Anual de 2000 del Nationale Drugmonitor). La principal causa de muerte por drogas es la sobredosis.
Sin embargo, existen nuevas tendencias altamente preocupantes, como por ejemplo el surgimiento de las drogas duras sintÈticas. TambiÈn el tr·fico y la producciÛn de estas substancias es objeto de duras sanciones penales, al tiempo que se hacen esfuerzos para desarrollar nuevos mÈtodos de informaciÛn y prevenciÛn.
Holanda ocupa un lugar preponderante en la realizaciÛn de las investigaciones sobre este tema y reajusta constantemente su polÌtica en materia de drogas en funciÛn de los resultados de dichas investigaciones y de las nuevas tendencias registradas. Las instituciones judiciales y de asistencia social mantienen buenos lazos de cooperaciÛn entre sÌ y con organizaciones internacionales en la lucha contra el tr·fico de drogas. Desgraciadamente las condiciones que hacen de Holanda un paÌs tan propicio para el comercio legal, son tambiÈn vigentes en el tr·fico de productos ilegales. Siendo Rotterdam el mayor puerto de contenedores del mundo, es pr·cticamente imposible someter a un control exhaustivo a todos los cargamentos que llegan al mismo. Por contrapartida, el n˙mero de incautaciones de substancias estupefacientes registra un incremento considerable.